Contratar tu seguro de vida hipoteca con el banco tiene riesgos económicos. No lo decimos nosotros, lo dice el Tribunal Supremo.
Francisco Marín Castán, presidente de la Sala Civil del Tribunal Supremo, ha alertado sobre los casos de entidades financieras que primero exigen un seguro de vida a quien solicita una hipoteca y, si se produce el fallecimiento, se desentienden del seguro y activan la ejecución hipotecaria. Es decir, en vez de esperar a que el seguro pague la deuda, que para eso está, reclaman el inmueble a los herederos.
Las noticias aparecidas recientemente en diversos medios son preocupantes. Algunos bancos no esperan a que los herederos reciban el importe del seguro para poder así hacer frente a la cancelación del préstamo, sino que directamente activan la ejecución de la hipoteca.
¿Por qué lo hacen?
Porque son los propios bancos los que han vendido el seguro y existe un conflicto de intereses, Si es el banco el que vende el seguro con la hipoteca, y la aseguradora es de banco o tiene relación con él, lógicamente prefiere no indemnizar y encima quedarse con la casa si fallece el hipotecado. El banco reclama el préstamo a los herederos en vez de cobrar la prima del seguro para amortizar el préstamo.
Si la aseguradora está vinculada al banco, ambos pueden salir ganando con esta práctica abusiva: la compañía de seguros se ahorra la indemnización y el banco se queda con la casa.
La nueva práctica abusiva está preocupando al Supremo que ha pedido al Gobierno una reforma legislativa que impida estos casos. La ley recoge las causas por las que se puede frenar una ejecución hipotecaria, pero la existencia de un seguro que permita hacer frente a la deuda no figura en esa lista. La nueva Ley Hipotecaria aún no está aprobada, pero no puede nacer con defectos graves.
Además, las ejecuciones hipotecarias no son recurribles ante el Supremo, por lo que los jueces ven que no cuentan con herramientas legales para atajar una situación a todas luces injusta.
Otro caso que está dando es que si el banco activa el seguro, y una parte del préstamo ya se había amortizado, la entidad se queda con la parte sobrante en lugar de entregarla a sus herederos.
Y un abuso más es que el banco oculte a los herederos la existencia del seguro de vida que tuviera el fallecido, como ha ocurrido en una ejecución hipotecaria en que el heredero era un bebé.
En cualquier caso, el banco debería esperar a que se cobre el seguro de vida hipoteca para que los herederos puedan hacer frente a los pagos.
¿Cuánto se tarda en cobrar el seguro?
No mucho. La Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro establece 40 días en su artículo 18 para hacer efectiva la indemnización una vez presentados los requisitos para cobrar. Los herederos de la persona que tenía el seguro de vida hipotecario con el banco deberán presentar la documentación requerida en un plazo de 7 días desde que tengan conocimiento de la muerte o invalidez del asegurado, salvo que se haya fijado en la póliza un plazo más amplio.
Es verdad que en estos casos la familia no está en su mejor momento para reunir papeles y hacer gestiones, pero no les queda otra.
Quienes han contratado su seguro de vida hipoteca con una correduría de seguros, y no con el banco ni directamente con una compañía, se alegrarán enormemente en momentos así, porque bastará con llamar a su correduría y pedirles ayuda.
Una correduría de seguros conoce los trámites, los plazos y las gestiones con la compañía de seguros para que esta proceda al pago cuanto antes. La correduría de seguros nunca tendrá intereses con el banco ni con la compañía. Nuestra labor consiste en ayudar a los clientes y comprobar que las compañías aseguradoras con las que trabajamos cumplen con lo pactado y abonan las indemnizaciones contratadas.
Las gestiones del seguro de vida hipoteca con el banco
Como hemos visto, los supuestos son los siguientes:
- Si el fallecido había contratado su seguro de vida hipoteca con el banco, será la entidad la que se haga cargo de los trámites para que los herederos cobren el capital contratado y hagan frente a los plazos de la hipoteca o a su liquidación. Hay buenos bancos y buenos profesionales en los que confiar, aunque no siempre ocurra así, como ha dado a conocer el Tribunal Supremo.
- Si el fallecido había contratado su seguro de vida hipoteca con una compañía de seguros, los herederos tendrán que dirigirse a ella lo antes posible, aportar la documentación que les pidan y esperar un máximo de 40 días para que transfieran el capital contratado directamente al banco para liquidar la hipoteca o a la cuenta de los herederos, según conste en el contrato.
- Si el fallecido había contratado su seguro de vida hipoteca con nosotros o con otra correduría de seguros, basta con que los herederos llamen y pidan ayuda a su equipo para que los apoye con los trámites.
Aparte de esto, los herederos siempre deberían realizar una solicitud de información al Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento del Ministerio de Justicia. En este registro constan todos los seguros que tuviera la persona fallecida. Se puede solicitar la información de forma presencial o telemática. Una vez cumplimentado el correspondiente formulario, hay que acudir al Registro General de Actos de Última Voluntad, o a una de las oficinas de la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia antes de que pasen 15 días hábiles desde el fallecimiento. En todos los casos hay que aportar el certificado de defunción de la persona supuestamente asegurada. En un plazo máximo de 7 días recibiremos la información certificada.
Puedes evitar que te ocurra a ti
Evitar los abusos del banco es sencillo: las entidades crediticias no pueden obligar a sus clientes a que contraten el seguro de vida hipoteca con ellos; lo dice la ley. Así que si quieres evitar el riesgo de que tu familia o tú sufráis una situación tan injusta y abusiva, no contrates tu seguro de vida hipoteca con el banco.
Es verdad que las entidades bancarias pueden penalizar a los clientes subiendo el precio de la hipoteca si no se contratan productos vinculados; pero incluso en ese caso, trae cuenta no contratar el seguro de vida con el banco. En nuestro calculador de penalización puedes comprobar cómo, aunque tu banco te suba el tipo de interés, ahorrarás dinero si contratas tu seguro de vida con nosotros, en nuestra correduría de seguros, y no con el banco.
¿Y si ya lo has contratado? Cámbiate. No sigas más años pagando de más a tu banco. Y menos si no estás absolutamente seguro de que si te ocurriera algo, la entidad pagaría a tus herederos.
Llámanos. Te buscamos un seguro mejor y te ayudamos con los trámites.