A la hora de contratar un préstamo hipotecario siempre suele surgir la misma duda: ¿es obligatorio contratar un seguro de vida para que me concedan la hipoteca? En el artículo de hoy veremos cuáles son las legalidades al respecto, qué quieren decir las entidades bancarias cuando dicen que es obligatorio y cómo puedes ahorrar un dinero en tu seguro hipotecario.
¿Estoy obligado a contratar un seguro de vida con mi hipoteca?
Si hemos solicitado una hipoteca en los últimos años somos conscientes de que en la mayoría de entidades nos aseguran que existe una obligatoriedad en la contratación de servicios, tales como los seguros de vida, para que nos concedan la hipoteca.
La realidad es distinta. Existe una ley que establece la no obligatoriedad de contratación de ningún producto vinculado directamente con el préstamo hipotecario. Cuando en algunas entidades bancarias realizan esta afirmación lo que realmente quieren decir es que no te concederán la hipoteca sin la contratación de sus otros servicios, no que estés obligado por ley a hacerlo.
Según establece la ley, respaldada por el Parlamento Europeo, no es obligatorio la contratación de ningún tipo de seguro cuando nos conceden un préstamo hipotecario. Cuando únicamente existe una obligación legal de contratación de un seguro es a la hora de que el banco venda la hipoteca a un tercero para conseguir liquidez.
Lo que sí debemos tener en cuenta es que en la mayoría de ocasiones las entidades bancarias ofrecerán bonificaciones de intereses si contratamos algunos servicios con ellos. Ante esta práctica siempre recomendamos analizar bien los datos del presupuesto con y sin productos vinculados y ver si realmente merece la pena su contratación con la entidad bancaria.
En la mayoría de casos, la contratación de un seguro de vida para un crédito hipotecario con la entidad emisora del crédito supone un coste adicional de entorno el 10 % con respecto al mismo seguro con una casa aseguradora tradicional.
¿Debería tener un seguro de vida?
Aunque la ley establece que ninguna entidad te puede obligar a contratar un seguro de vida con ellos, la realidad es que debes tener en cuenta que es una herramienta muy valiosa. Estos seguros son una parte muy fundamental de una economía saneada, ya que si surge algún tipo de improviso serio y uno de los titulares fallece, el seguro cubrirá con los gastos del crédito hipotecario.
En caso de que surja esta misma situación en un escenario donde no existe un seguro de vida que respalde el importe del préstamo, la situación podría ser muy desastrosa para los demás titulares o herederos.
Lo recomendado es comparar las ofertas hipotecarias de diferentes entidades bancarias para ver cuáles tienen mejores condiciones particulares para tu situación personal. Tras haber analizado dichas opciones, revisa los costes que tienen los seguros que te piden que contrates con ellos y las bonificaciones de intereses. Seguro que por tu cuenta podrás encontrar un seguro de vida para tu hipoteca con unos costes inferiores y una mayor cobertura.
Si ya has contratado un seguro con la entidad bancaria que te ha concedido el préstamo,no te preocupes porque se puede cancelar. En estos casos siempre es mejor acudir a profesionales que te asesoren y puedas ver si realmente te compensa o no.
Si quieres recibir ayuda profesional sobre los seguros de tu préstamo hipotecario, acude a nuestra web. En ella encontrarás ayuda para escribir la carta de cancelación de tu previo seguro contratado con la entidad bancaria, ayuda para calcular la penalización en caso de haberla si decides cancelarlo, y si utilizas nuestro comparador podrás ahorrar hasta un 60 % en el seguro de tu hipoteca.
2 respuestas
Hay que tener en cuenta también la edad… Si contratas un seguro de vida siendo joven, lo lógico es que las prima sea mucho más económica porque el riesgo es menor. Es decir, un joven de 30 años no fumador puede conseguir un seguro de vida con 100.000€ de cobertura con primas de 85€.
Si la hipoteca se suscribe con la idea de compartirla con alguien y formar una familia, el momento de suscribir el seguro de vida es ese… no esperar a los 50 y estar «cascao»… 😉
Hay 2 posibles significados de la palabra «obligatorio» para esto. Bien es «obligatorio» porque existe una ley o una normativa que lo obligue (caso que no es) o bien es «obligatorio» porque de otra manera el banco no te concede la hipoteca. En este segundo caso, estaríamos más ante un concepto «obligado» (que no «obligatorio») y se elude suscribiendo la póliza y dándola de baja al cabo de un año ante una oferta más interesante.
Tal cual…