El seguro de vida hipotecario es una opción que suelen presentar las entidades financieras para contratar por los clientes junto con una hipoteca. Sin embargo, lo habitual es que se presente esta posibilidad como una obligación para que se conceda la operación de adquisición de la vivienda. Por eso es necesario conocer todos los pormenores de esta contratación adicional.
La obligatoriedad del seguro de vida para la hipoteca
Para empezar, hay que indicar que la contratación de un seguro de hipoteca no es obligatoria en función de lo que establece la Ley de Crédito Inmobiliario. Es decir, ahora está prohibida la venta de productos vinculados a la hipoteca, así que el cliente está en su derecho a negarse.
Por otro lado, sí que conviene indicar que contratar el seguro, aunque no sea obligatorio que esté vinculado a un préstamo, es altamente recomendable. La principal razón es que, en caso de que al titular le suceda algo, la hipoteca se tendría que seguir abonando. Pero el seguro de vida hipotecario cubriría esta eventualidad.
Por otra parte, esto no hay que dejar de mencionarlo, la contratación del seguro no es obligatoria, pero la entidad financiera sí puede ofrecer bonificaciones que marcan la diferencia entre unas y otras operaciones similares. En consecuencia, esta es una cuestión importante que conviene tener en cuenta porque puede determinar si dicha hipoteca es o no interesante.
Es bueno saber también cuál será el proceso si una persona se niega a contratar el seguro de vida que ofrece la entidad financiera.
Negarse a contratar el seguro del banco
Como es posible negarse a contratar el seguro del banco, pueden suceder tres cosas. La primera de ellas, que la entidad financiera indique que no se cumplen los mínimos para cubrir el riesgo y que se deniegue la operación aunque no sea formalmente por la vinculación.
El segundo supuesto es que reclame que se contrate ese seguro de vida, aunque sea con otra aseguradora o entidad financiera externas.
Y finalmente, que se acepte la operación pero indicando, mediante alguna cláusula adicional, que va a seguir reclamando el dinero si al cliente le pasa algo.
Lo habitual es que, si el cliente tiene capacidad de respuesta, la entidad financiera se decante por la segunda o la tercera opción. En consecuencia, durante la negociación de la hipoteca es importante dejar claro este punto. Antes de firmar nada, debería figurar que el seguro de vida es responsabilidad de la persona que firma el contrato.
Buscar otro seguro de hipoteca
Aunque no sea obligatorio tener el seguro, también en este caso es recomendable y convendrá buscar algún tipo de alternativa.
En primer lugar, conviene ver cuál es la bonificación que la entidad financiera da por contratar su seguro. A partir de ahí, es bueno entrar en un comparador de Internet para ver las diferentes alternativas del mercado.
Si hay un aspecto que conviene conocer es que las entidades financieras están muy interesadas en vender seguros vinculados porque es ahí donde más ganan. El problema está en que los precios que ofrecen, por regla general, son altos. Por este motivo, es posible incluso que interese en un primer momento el seguro de vida, pero que esta circunstancia cambie con el tiempo.
Las diferencias entre el valor de una póliza u otra son muy grandes (así como sus pormenores) y, en algún caso, llegan al 70 %. El tipo de producto que más interesa es la póliza de seguro temporal a capital constante porque la amortización se realiza durante el periodo que dura el préstamo.
Conclusión
El seguro de vida hipotecario no es obligatorio para la concesión o firma de las hipotecas según la ley, pero sí minimiza riesgos. La mejor alternativa es consultar las diferentes opciones en un comparador especializado como Seguro de Vida Hipoteca.